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Jornada nocturna en Ecuador: cuánto se debe pagar según el Código del Trabajo

La jornada nocturna en Ecuador, según el Código del Trabajo, inicia a las 19:00 y exige un recargo del 25%. Así se calcula el valor por hora.

Adrián Cárdenas
Adrián Cárdenas22 de abril de 2026 · 17:37
Jornada nocturna en Ecuador: cuánto se debe pagar según el Código del Trabajo

La jornada nocturna en Ecuador, de acuerdo con el Código del Trabajo, se considera entre las 19:00 y las 06:00 del siguiente día. Para quienes trabajan en ese horario, la norma establece una remuneración aumentada del 25% que debe reflejarse en el rol de pagos.

El artículo 49 del Código del Trabajo fija el tramo horario y el recargo adicional. Lo que se sabe es que este aumento corresponde al pago de las horas trabajadas en la franja nocturna, además del valor de la hora regular.

Desde qué hora aplica el recargo

Según el Código del Trabajo, la jornada nocturna inicia a las 19:00 y termina a las 06:00 del día siguiente. El recargo es del 25% sobre la remuneración correspondiente a la hora de trabajo, de modo que el pago final por esa hora resulta de sumar el valor base más el aumento.

Para estimar el monto, el artículo propone calcular primero el valor hora dividiendo el salario mensual entre 240, que se toma como equivalente a 30 días por ocho horas. Con un salario básico de $ 482, el valor hora se calcula como $ 2,00.

Ejemplos de cálculo por hora nocturna

Con el valor hora de $ 2,00, el recargo del 25% se obtiene multiplicando $ 2,00 por 0,25, lo que da $ 0,51. Al sumar ambos montos, el total queda en $ 2,51 por hora nocturna.

El texto agrega que, si una persona trabaja seis horas nocturnas además de su hora normal, se obtiene una suma de $ 15 en ese día, y ese total se acumularía por los días laborales del mes. En otro ejemplo, con un sueldo de $ 1.000, el valor hora resulta $ 4,16 y el recargo del 25% lleva el total a $ 5,20 por hora; en caso de trabajar ocho horas de noche, el adicional calculado sería de $ 8,32 (contabilizada la hora regular).

Cómo verificar el pago y qué sigue

Si no se quiere hacer el cálculo manual, el artículo menciona el uso de la calculadora del Ministerio del Trabajo, donde se ingresa el sueldo en el apartado de “Valor remuneración por hora” y se obtiene el valor de la hora de jornada nocturna. Para verificar, el trabajador puede solicitar el rol de pagos a Recursos Humanos y buscar un ítem como “jornada nocturna”.

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Adrián Cárdenas

Adrián Cárdenas

Editor de Noticias

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