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Actividades complementarias en sábados: Ministerio de Educación aclara opcional

El Ministerio de Educación dispuso actividades complementarias institucionales los sábados para regímenes Costa-Galápagos y Sierra-Amazonía desde 2026-2027.

Adrián Cárdenas
Adrián Cárdenas2 de junio de 2026 · 15:31
Actividades complementarias en sábados: Ministerio de Educación aclara opcional

Un acuerdo del Ministerio de Educación dispuso que los planteles del sistema fiscal puedan realizar actividades complementarias institucionales los días sábados. La medida se aplicará para las instituciones de los regímenes Costa - Galápagos y Sierra - Amazonía a partir del año lectivo 2026-2027, según el documento citado en la publicación.

El texto indicó que estas actividades forman parte del proceso formativo integral y se incorporan dentro del cronograma escolar. También señaló que las disposiciones contenidas son de cumplimiento obligatorio para los actores del Sistema Nacional de Educación vinculados a las instituciones fiscales de esos regímenes.

Qué se considera actividad complementaria

El acuerdo definió las actividades complementarias institucionales como acciones educativas, pedagógicas y formativas que fortalecen la enseñanza-aprendizaje sin sustituir las actividades académicas regulares. El propósito es contribuir al desarrollo integral de los estudiantes.

Entre los ejemplos que incluye el documento están el refuerzo académico, la nivelación o consolidación de aprendizajes. También contempla actividades culturales, artísticas y deportivas, proyectos de innovación, ciencia aplicada y tecnología, iniciativas de participación estudiantil y vinculación con la comunidad, además de estrategias orientadas al desarrollo socioemocional y al bienestar estudiantil.

Planificación y áreas de fortalecimiento

Las instituciones deberán planificar y ejecutar las actividades considerando los días del cronograma escolar para actividades complementarias institucionales. El documento pidió que lo hagan según el contexto territorial, las necesidades pedagógicas y las características de la comunidad educativa, en concordancia con lineamientos del nivel central.

La planificación institucional deberá contemplar las actividades si aportan al desarrollo integral y al fortalecimiento de áreas como Educación Cívica, Ética e Integridad; Educación socioemocional; Educación para el desarrollo sostenible; Educación financiera; y Educación para la seguridad vial y la movilidad sostenible. Para las familias y estudiantes, esto implica que el calendario escolar puede incorporar nuevos espacios formativos fuera de la rutina académica.

Socialización, compensación y voluntariedad

La máxima autoridad de cada institución deberá socializar previamente con la comunidad educativa el cronograma, la planificación y los objetivos en las semanas iniciales del año lectivo, conforme a las fechas del cronograma escolar. Además, los días de trabajo del personal docente y administrativo en el marco de estas actividades deberán ser compensados con los últimos días laborables de diciembre, contados desde el 24 de diciembre, y con días consecutivos posteriores a la finalización de las vacaciones anuales reglamentarias.

Lo que se sabe hasta ahora es que el Ministerio de Educación puntualizó que la participación no es obligatoria ni mandataria, sino para quienes se acogen a una propuesta. Lo que falta por confirmar es cómo se aplicará en cada institución la opción de adhesión de estudiantes y docentes, y cómo se registrará la planificación final dentro del cronograma escolar.

Para el lector, la recomendación práctica es revisar el cronograma y la planificación que la institución educativa socialice al inicio del año lectivo, para identificar qué actividades complementarias se proponen y bajo qué condiciones de participación.

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Adrián Cárdenas
Adrián Cárdenas

Editor de Noticias

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