Corte Constitucional ordena recuperar pagos en CNT EP y remite caso
La Corte Constitucional anuló sentencias que incorporaron a servidores de carrera de CNT EP a la contratación colectiva y ordenó recuperar pagos. También remitió el expediente a Fiscalía y sanciones disciplinarias.

La Corte Constitucional dejó sin efecto las sentencias que permitieron incorporar a servidores de carrera de la Corporación Nacional de Telecomunicaciones (CNT EP) como beneficiarios de la contratación colectiva. El fallo fue aprobado con ocho votos a favor y fue notificado el 5 de octubre de 2026.
El tribunal concluyó que una acción de protección presentada ante jueces de la provincia de Manabí se usó para fines ajenos a la protección constitucional. También determinó que los jueces no tenían competencia territorial para conocer el caso, que buscaba incluir a servidores públicos de carrera sujetos a la Ley Orgánica de Empresas Públicas (LOEP).
Anulan proceso y ordenan recuperar
La demanda pretendía que los servidores recibieran beneficios económicos y sociales, incluidos pagos retroactivos reclamados desde 2009. La Corte consideró que la acción de protección fue desnaturalizada al buscar modificar por esa vía el régimen laboral y reconocer beneficios propios de trabajadores sujetos al Código del Trabajo.
Como consecuencia, se dejó sin efecto lo actuado desde la presentación de la demanda, se dispuso el archivo del proceso y se ordenó a CNT suspender los pagos derivados de las sentencias anuladas. La decisión implica que los recursos entregados deberán ser recuperados y que la gente afectada por esos pagos vea frenada su continuidad mientras se ejecuta la liquidación.
Responsables judiciales y auditoría
La Corte indicó que los jueces que conocieron el caso incurrieron en error inexcusable, una falta considerada gravísima en el régimen disciplinario de la Función Judicial. También declaró el abuso del derecho por parte de los abogados patrocinadores y remitió el expediente al Consejo de la Judicatura para determinar responsabilidades disciplinarias.
Además, el máximo tribunal remitió el caso a la Fiscalía General del Estado para que investigue un posible delito de prevaricato. Lo que se sabe hasta ahora es que la Corte también envió la resolución a la Contraloría General del Estado para un examen especial a CNT EP, con el fin de establecer eventuales responsabilidades civiles, administrativas o penales.
Liquidación y plazos de devolución
La empresa deberá realizar una liquidación individualizada y adoptar las medidas necesarias para recuperar los recursos públicos entregados. La devolución podrá ejecutarse en un plazo de hasta 36 meses, según lo dispuesto por la Corte, y lo que falta por confirmar es el cronograma de liquidación y el alcance final de los montos por servidor.
El fallo se produjo después de que, en febrero de 2022, dirigentes del Comité de Empresa y de la Asociación Nacional de Trabajadores de CNT EP solicitaran la incorporación de servidores públicos de carrera, salvo los de libre nombramiento y remoción, al régimen de contratación colectiva. Para los trabajadores, la recomendación práctica es revisar los actos de liquidación y la comunicación oficial de CNT sobre la suspensión y el proceso de recuperación.
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