CNE fija reglas para que militares y policías voten en 2026
El CNE reformó el reglamento para elecciones seccionales del 29 de noviembre de 2026: militares y policías en servicio activo votarán en recintos donde cumplen seguridad y con restricciones.

El Consejo Nacional Electoral (CNE) emitió reformas al reglamento para que integrantes de las Fuerzas Armadas y de la Policía Nacional en servicio activo puedan ejercer su derecho al voto durante las elecciones seccionales del 29 de noviembre de 2026. La normativa establece que podrán sufragar en los recintos electorales donde cumplan labores de seguridad, según lo publicado en el Registro Oficial.
El proceso electoral incluye la elección de prefectos, viceprefectos, alcaldes, concejales urbanos y rurales, vocales de juntas parroquiales rurales y representantes al Consejo de Participación Ciudadana y Control Social (CPCCS). Con ese marco, el reglamento define cómo se organizará el sufragio de los uniformados destinados a tareas de seguridad y qué condiciones deberán cumplir.
Voto en el recinto bajo custodia
De acuerdo con el artículo 14 del reglamento, los miembros de las Fuerzas Armadas y de la Policía Nacional asignados a seguridad interna o externa de los recintos electorales podrán votar en las juntas receptoras del voto del lugar bajo su custodia. Para quienes no sean designados en esas tareas, la normativa prevé el voto en una junta receptora cercana al sitio donde se encuentren el día de las elecciones.
La resolución también contempla a uniformados que cursan estudios en instituciones de formación militar o policial. Para asegurar su participación, las delegaciones provinciales o distritales del CNE deberán coordinar con los mandos la distribución de personal entre recintos electorales y centros de formación.
Padrones, credenciales y certificados
Para implementar el mecanismo, el reglamento dispone que los padrones electorales incorporen cuatro espacios en blanco destinados exclusivamente al registro de integrantes de las Fuerzas Armadas y la Policía Nacional que voten bajo esta modalidad. En esos espacios se colocarán las credenciales de los sufragantes.
Además, las juntas receptoras del voto recibirán certificados de votación adicionales para estos casos, que deberán ser llenados manualmente. Lo que se sabe hasta ahora es que la credencial y la cédula de identidad serán los documentos requeridos para votar, y que tras la verificación el secretario de la junta ubicará la credencial en el padrón y entregará las papeletas.
Restricciones durante la jornada electoral
El reglamento mantiene restricciones para uniformados en servicio activo durante el proceso electoral. Entre ellas está la prohibición de portar armas al momento de sufragar, y si cumplen funciones de seguridad en el recinto deben dejarlas en el sitio asignado antes de votar. También se establece que no podrán participar en actividades proselitistas en instalaciones militares o policiales, realizar campaña electoral dentro o fuera de los recintos de votación, ser candidatos, integrar juntas receptoras del voto ni sufragar en cuarteles o instalaciones de las Fuerzas Armadas o de la Policía Nacional.
La normativa regula, asimismo, el tratamiento de las credenciales no utilizadas: perderán validez al concluir la jornada y deberán ser remitidas por las unidades de distribución a las delegaciones provinciales o distritales del CNE y luego al organismo electoral para archivo. Lo que falta por confirmar es el detalle operativo de la coordinación local entre delegaciones del CNE y mandos, pero la regla general para votar queda definida por la custodia del recinto o la junta receptora cercana al lugar de permanencia. Para los uniformados, la recomendación práctica es llevar cédula de identidad y la credencial para votar entregada por el CNE y prever la entrega de armas antes del sufragio si cumplen tareas de seguridad.
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